COREA DEL SUR: Solicitud de autorización para la exportación de productos de origen animal

Procedimientos de autorización de establecimientos para la exportación de productos de origen animal destinados a consumo humano:

COREA DEL SUR: Solicitud de autorización para la exportación de productos de origen animal bajo control del APQA y del MFDS

Esta página hace referencia a los requisitos de los procedimientos para la exportación de carne y productos cárnicos, leche y productos lácteos, huevos y ovoproductos, pescado, productos de la pesca y animales acuáticos a Corea del Sur. Los productos de origen animal son objeto de control oficial por parte de las autoridades coreanas a través de dos organismo distintos, el APQA (Animal and Plant Quarantine Agency) y del MFDS (The Ministry of Food and Drug Safety). En el caso de la carne y los productos cárnicos, ambos organismos son competentes en la autorización de los establecimientos exportadores. Para el resto de productos, solo participará un único organismo de control (MFDS).

Esta información debe completarse con las notas informativas publicadas en la página Web de Comercio Exterior Ganadero (CEXGAN) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).

Carne y productos cárnicos

Los establecimientos interesados deben realizar una solicitud en CEXGAN de acuerdo con lo establecido en el “Procedimiento de solicitud de inclusión en listas de establecimientos autorizados para exportar productos de origen animal destinados al consumo humano” (disponible en CEXGAN). A la hora de realizar la solicitud, se deberá tener en cuenta la información específica recogida en el “procedimiento de autorización de establecimientos para la exportación de carne y productos cárnicos de porcino destinados a consumo humano”.

El MFDS (The Ministry of Food and Drug Safety), junto con el APQA (Animal and Plant Quarantine Agency), participan conjuntamente en la autorización de los establecimientos exportadores a Corea del Sur. Para ello, será necesario presentar la siguiente documentación (disponible también en CEXGAN):

Documentación exigida por el APQA

Documentación exigida por el MFDS

Documentación adicional a remitir a ambos organismos

  • Copia (en inglés) de la autorización de registro del establecimiento visada por la Autoridad Competente que indique el número de RGSEAA del establecimiento, las actividades y las especies animales autorizadas.
  • Un resumen (en inglés) que incluya el contenido del plan APPCC y los PCC, los límites críticos, sistema de monitorización, acciones correctoras y medidas de verificación. Además del diagrama de flujo de los productos a exportar donde se señalen claramente los PCC. En el caso de no contar con PCC, se debe adjuntar un resumen de la tabla de análisis de riesgos con puntos de control y sistema de monitorización y diagrama de flujo de los productos a exportar.
  • Descripción de cada una de las etapas del proceso incluyendo fotos.
  • Plano del establecimiento y fotos del exterior del mismo (entrada laterales, vista general).

Según la información proporcionada por las autoridades coreanas, la autorización de los establecimientos podrá otorgarse en base a una evaluación documental. No obstante, el procedimiento de homologación podría implicar una visita de inspección in situ de los establecimientos españoles para comprobar el cumplimiento de los requisitos de importación de Corea del Sur.

Productos lácteos

Con carácter general, la autorización no requiere una previa inspección in situ del establecimiento interesado, si bien tanto las autoridades competentes nacionales como las coreanas se reservan la posibilidad de realizar los controles e inspecciones oportunos.

Conforme a lo anterior, los establecimientos interesados en ser autorizados para este mercado deberán cursar su solicitud según lo establecido en el “Procedimiento de solicitud de inclusión en listas de establecimientos autorizados para exportar productos de origen animal destinados al consumo humano” (publicado en CEXGAN), teniendo en cuenta, asimismo, la información específica recogida en el “procedimiento de autorización de establecimientos para la exportación de productos de origen animal destinados a consumo humano”.

España puede exportar los siguientes productos lácteos: leche procesada, queso procesado, mantequilla, leche en polvo, helados, mezclas de helados, proteína de suero lácteo, nata, queso natural.

Para cumplir con los requisitos normativos los operadores deben enviar:

  • FORMULARIO AUTORIZACION/RENOVACION NUEVOS ESTABLECIMIENTOS. Archives doc. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle (Application for registration of Foreign establishment), firmado por la empresa exportadora.
  • LISTA DE INSPECCIÓN DE ACUERDO CON LA NORMATIVA. Archives doc. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle Visada por los Servicios Oficiales de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el establecimiento. (Esta lista de inspección hace referencia a la Normativa coreana: Food Code 2021 Archives pdf. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle ).
  • Copia (en inglés) de la autorización de registro del establecimiento visada por la Autoridad Competente que indique el número de RGSEAA del establecimiento, las actividades y las especies animales autorizadas.
  • Un resumen (traducido al inglés) que incluya el contenido del plan APPCC y los PCC, los limites críticos, sistema de monitorización, acciones correctoras y medidas de verificación. Además del diagrama de flujo de los productos a exportar donde se señalen claramente los PCC. En el caso de no contar con PCC, se debe adjuntar un resumen de la tabla de análisis de riesgos con puntos de control y sistema de monitorización y diagrama de flujo de los productos a exportar.

Ovoproductos

Con carácter general, la autorización no requiere una previa inspección in situ del establecimiento interesado, si bien tanto las autoridades competentes nacionales como las coreanas se reservan la posibilidad de realizar los controles e inspecciones oportunos.

Conforme a lo anterior, los establecimientos interesados en ser autorizados para este mercado deberán cursar su solicitud según lo establecido en el “Procedimiento de solicitud de inclusión en listas de establecimientos autorizados para exportar productos de origen animal destinados al consumo humano” (publicado en CEXGAN), teniendo en cuenta, asimismo, la información específica recogida en el “procedimiento de autorización de establecimientos para la exportación de productos de origen animal destinados a consumo humano”.

España puede exportar los siguientes ovoproductos: albúmina en polvo (clara desecada).

Para cumplir con los requisitos normativos los operadores deben enviar:

  • FORMULARIO AUTORIZACION/RENOVACION NUEVOS ESTABLECIMIENTOS. Archives doc. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle (Application for registration of Foreign establishment), firmado por la empresa exportadora.
  • LISTA DE INSPECCIÓN DE ACUERDO CON LA NORMATIVA. Archives doc. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle Visada por los Servicios Oficiales de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el establecimiento. (Esta lista de inspección hace referencia a la Normativa coreana: Food Code 2021 Archives pdf. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle ).
  • Copia (en inglés) de la autorización de registro del establecimiento visada por la Autoridad Competente que indique el número de RGSEAA del establecimiento, las actividades y las especies animales autorizadas.
  • Un resumen (traducido al inglés) que incluya el contenido del plan APPCC y los PCC, los limites críticos, sistema de monitorización, acciones correctoras y medidas de verificación. Además del diagrama de flujo de los productos a exportar donde se señalen claramente los PCC. En el caso de no contar con PCC, se debe adjuntar un resumen de la tabla de análisis de riesgos con puntos de control y sistema de monitorización y diagrama de flujo de los productos a exportar.

Huevos

Con carácter general, la autorización no requiere una previa inspección in situ del establecimiento interesado, si bien tanto las autoridades competentes nacionales como las coreanas se reservan la posibilidad de realizar los controles e inspecciones oportunos.

Conforme a lo anterior, los establecimientos interesados en ser autorizados para este mercado deberán cursar su solicitud según lo establecido en el “Procedimiento de solicitud de inclusión en listas de establecimientos autorizados para exportar productos de origen animal destinados al consumo humano” (publicado en CEXGAN), teniendo en cuenta, asimismo, la información específica recogida en el “procedimiento de autorización de establecimientos para la exportación de productos de origen animal destinados a consumo humano”.

España puede exportar huevos frescos para consumo humano a la República de Corea del Sur. Los operadores tendrán en cuenta la normativa coreana de referencia, en particular Food Code 2021 Archives pdf. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle , y la nota informativa Archives pdf. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle sobre el marcado de huevos.

Para cumplir con los requisitos normativos los operadores deben enviar:

  • FORMULARIO AUTORIZACION/RENOVACION NUEVOS ESTABLECIMIENTOS. Archives doc. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle (Application for registration of Foreign establishment), firmado por la empresa exportadora.
  • LISTA DE INSPECCIÓN DE ACUERDO CON LA NORMATIVA. Archives pdf. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle Visada por los Servicios Oficiales de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el establecimiento. (Esta lista de inspección hace referencia a la Normativa coreana: Food Code 2021 Archives pdf. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle ).
  • Copia (en inglés) de la autorización de registro del establecimiento visada por la Autoridad Competente que indique el número de RGSEAA del establecimiento, las actividades y las especies animales autorizadas.
  • Un resumen (traducido al inglés) que incluya el contenido del plan APPCC y los PCC, los limites críticos, sistema de monitorización, acciones correctoras y medidas de verificación. Además del diagrama de flujo de los productos a exportar donde se señalen claramente los PCC. En el caso de no contar con PCC, se debe adjuntar un resumen de la tabla de análisis de riesgos con puntos de control y sistema de monitorización y diagrama de flujo de los productos a exportar.

Pescado y productos de la pesca y animales acuáticos

Con carácter general, la autorización no requiere una previa inspección in situ del establecimiento interesado, si bien tanto las autoridades competentes nacionales como las coreanas se reservan la posibilidad de realizar los controles e inspecciones oportunos. La autorización se basa en un pre-listado que las autoridades coreanas aprueban en base a la propuesta realizada por las autoridades competentes españolas, para los productos para los que España está autorizado a exportar.

Conforme a lo anterior, los establecimientos interesados en ser autorizados para este mercado deberán cursar su solicitud según lo establecido en el “Procedimiento de solicitud de inclusión en listas de establecimientos autorizados para exportar productos de origen animal destinados al consumo humano” (publicado en CEXGAN), teniendo en cuenta, asimismo, la información específica recogida en el “procedimiento de autorización de establecimientos para la exportación de productos de origen animal destinados a consumo humano”.

España puede exportar productos de la pesca, cabezas de pescado de determinadas especies, las partes comestibles de alrededor de la cabeza y vísceras de pescado. Para cumplir con los requisitos normativos los operadores deben:

  • Indicar en el formulario de solicitud, en el campo de descripción del producto, en castellano e inglés, la especie (nombre común y nombre científico), el tipo de producto que pretenden exportar, así como el tipo de tratamiento (refrigerado, congelado o transformado).
  • LISTA DE INSPECCIÓN DE ACUERDO CON LA NORMATIVA. Archives pdf. S'ouvrira dans une fenêtre nouvelle Visada por los Servicios Oficiales de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el establecimiento.

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