Notificación de otros biocidas no sujetos al Registro de Plaguicidas según el Real Decreto 3349/1983
Actualización de productos notificados
La comercialización de biocidas que no estén afectados por el Real Decreto 3349/83, está regulada por la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 1054/2002. Para mantener la información de los productos vigentes (aquellos que, o bien están amparados bajo una solicitud por Registro Europeo (BPR) con su número de caso (case number) correspondiente o bien la(s) sustancia(s) activa(s) que forma(n) parte de la formulación está(n) aún en el Programa de Revisión, de acuerdo al Reglamento Delegado (UE) 1062/2014 , de la Comisión, de 4 de agosto de 2014), las empresas responsables de la comercialización en España deberán actualizar los datos de sus productos notificados existentes en el mercado. La actualización se realizará presentando la siguiente documentación:
- Listado de productos, cumplimentando la siguiente tabla Excel .
- Formulario de notificación de cada producto
- Etiquetas actualmente en el mercado
- Fichas de Datos de Seguridad actualizadas.
- Documentación que demuestre el cumplimiento de lo establecido en el artículo 95 del Reglamento (UE) nº 528/2012
- Complementariamente, se aportará una lista de los productos cuya comercialización ha cesado desde su notificación o desde el último proceso de actualización.
La documentación solicitada deberá presentarse por las siguientes vías:
Empresas con sede en España:
Se realizará por medios telemáticos a través de la sede electrónica del Ministerio, accediendo a la opción Registro electrónico , no siendo necesario aportar ninguna documentación en papel. En dicha opción, bien utilizando el índice de formularios , bien el Registro electrónico común , se adjuntarán los documentos, teniendo en consideración que el tamaño máximo por fichero individual es de 5 Mb, sin sobrepasar los 20 Mb para todos los ficheros adjuntos a la solicitud. Para cualquier incidencia relacionada con la presentación de documentación en Sede electrónica, podrá dirigirse a la Oficina de Información y Atención al ciudadano, en los números de teléfono 901 400 100, 91 596 10 89 y 91 596 10 90, o a través de la dirección de correo electrónico oiac@oiac.sanidad.gob.es
Empresas con sede en el extranjero:
Las empresas situadas en el extranjero pueden dirigirse a las Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero, para obtener un certificado digital con el fin de presentar la documentación por Registro electrónico.
Si por esta vía tienen problemas, también podrán presentar la documentación en formato electrónico (CD, memoria USB, DVD) por registro general (en el extranjero en la oficina de registro de las Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España) o correo certificado, siguiendo Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas al Ministerio de Sanidad, Subdirección General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral. Paseo del Prado 18-20. 28014 Madrid.
La documentación solicitada, necesaria para continuar el procedimiento de solicitud de su producto, será presentada de una sola vez e irá dirigida a la Subdirección General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral (Registro de Plaguicidas). Ministerio de Sanidad. De no hacerlo así, transcurridos 3 meses, se producirá la caducidad del procedimiento y se procederá al archivo de actuaciones (artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
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