Preguntas más frecuentes sobre la interoperabilidad de la receta electrónica del SNS
Sólo es necesario presentar la tarjeta sanitaria individual, con banda magnética operativa.
Para que el farmacéutico pueda acceder al listado de productos dispensables, el usuario deberá indicar la comunidad autónoma donde le han realizado la prescripción.
Cualquier persona que disponga de tarjeta sanitaria individual del Sistema Nacional de Salud, puede obtener su medicación en una comunidad autónoma distinta a aquella donde le han realizado la prescripción.
La receta electrónica interoperable para las personas adscritas a mutualidades con provisión pública (MUFACE, MUGEJU e ISFAS) está parcialmente abierto. La información relativa a las CCAA que tienen incorporadas a estas personas en RESNS, se puede consultar en el siguiente enlace: MUTUALIDADES CON PROVISIÓN PÚBLICA EN RESNS .
Para la dispensación, no es necesario presentar la hoja de medicación activa e información al paciente.
Es recomendable que el usuario lleve esta hoja en sus desplazamientos para ayudarle ante cualquier duda que le pueda surgir con la administración de sus medicamentos. Y también porque en la farmacia sólo pueden acceder al detalle (posología, instrucciones, etc.) de los productos que están dispensables en ese momento, y no al tratamiento activo completo.
La relación de productos farmacéuticos que pueden ser objeto de dispensación en el momento que el paciente acude a la oficina de farmacia, junto con el número de envases dispensables para cada uno de ellos.
En el momento actual, se pueden dispensar los siguientes productos:
- medicamentos autorizados e incluidos en las bases de datos del Sistema Nacional de Salud (incluye medicamentos financiados con o sin visado de inspección, estupefacientes y medicamentos no financiados),
- efectos y accesorios (p.ej. gasas, esparadrapo, absorbentes de incontinencia urinaria, etc.) incluidos en ellas, si se prescriben por código nacional, y
- productos dietéticos contemplados en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
Determinadas fórmulas magistrales y preparados oficinales, y las vacunas individualizadas, están disponibles entre algunas CCAA.
NUEVOS SERVICIOS EN FUNCIONAMIENTO EN RESNS
No se incluyen los productos de parafarmacia (tiras de glucemia, jeringas, etcétera).
Una vez que el medicamento esté visado en receta electrónica, se podrá acudir a la oficina de farmacia de cualquier comunidad autónoma para que se dispense dicha medicación.
Dentro de la receta electrónica se incluyen servicios como la anulación de dispensaciones, el bloqueo cautelar y la posibilidad de obtener medicamentos confidenciales.
- Anulación de dispensaciones: servicio que permite que, tras realizar una dispensación, el ciudadano pueda devolver el producto dispensado, de acuerdo a unas reglas establecidas.
- Bloqueo cautelar de dispensaciones: el farmacéutico podrá bloquear cautelarmente la dispensación de un medicamento prescrito si aprecia alguna circunstancia que interfiera en la seguridad del ciudadano. Esta circunstancia se comunicará y el farmacéutico informará sobre dicho bloqueo al paciente.
- Confidencialidad en la dispensación: cualquier ciudadano podrá solicitar en el momento de la prescripción, protección y confidencialidad, de forma que cuando el ciudadano vaya a la farmacia se le podrá realizar una dispensación diferenciada.
La información relativa a las CCAA que tienen incorporados estos servicios en RESNS, se puede consultar en el siguiente enlace: NUEVOS SERVICIOS EN FUNCIONAMIENTO EN RESNS .
En el momento actual el farmacéutico, cuya oficina de farmacia donde se vaya a efectuar una dispensación se encuentre en una comunidad autónoma distinta a aquella donde se ha realizado la prescripción, sólo tiene acceso al listado y detalle (posología, instrucciones, etc.) de los productos dispensables del paciente. El resto del tratamiento sólo estará visible en la hoja de medicación activa e información al paciente, de uso personal.
Si el ciudadano es pensionista, pagará el porcentaje asignado según su código de aportación.
En el caso de que superara la cantidad conforme a su tope, DEBERÁ solicitar en su comunidad autónoma de origen que le reembolsen la cantidad que le corresponda, presentando el tique de la dispensación realizada en la oficina de farmacia.
Le pueden informar en el mostrador de su Centro de Salud.
El farmacéutico recibe un mensaje informándole de la causa de la incidencia e informa al paciente. Adicionalmente, la oficina de farmacia puede contactar con un centro de apoyo al objeto de conseguir la resolución de dicha incidencia en el mínimo tiempo posible.
Un objetivo prioritario es que ningún ciudadano se quede sin acceso a sus productos farmacéuticos, prescritos por receta electrónica en otra comunidad autónoma, por un fallo en los sistemas de transmisión de datos.
El sistema de receta electrónica informa automáticamente a la comunidad autónoma de prescripción de los productos y envases que han sido retirados, quedando así descontados para las siguientes dispensaciones.
La tarjeta sanitaria individual es requisito imprescindible para que el farmacéutico pueda acceder a los productos dispensables del titular de la tarjeta.
Por tanto, si no se presenta no se podrá dispensar ningún producto farmacéutico.
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