Procedimiento de derivación de pacientes a un CSUR del SNS para la presentación de su caso en una ERN
Con fecha 1 de enero de 2022 entró en vigor el Procedimiento de derivación de pacientes a un CSUR del SNS para la presentación de su caso en una ERN, acordado por el Consejo Interterritorial del SNS el 30 de julio de 2021, previo acuerdo del Comité de Designación el 16 de diciembre de 2020 e informada la Comisión de Seguimiento del FCS el 12 de mayo de 2021.
Dicho procedimiento persigue mejorar la atención y accesibilidad de los pacientes con enfermedades raras y complejas que requieran que su caso sea estudiado en una ERN.
Esta derivación se realiza a través del Sistema de Información del Fondo de cohesión sanitaria (SIFCO) y no supondrá traslado del paciente; únicamente se remitirá la documentación necesaria para la valoración y estudio del caso clínico. La derivación del caso clínico deberá realizarse a una de las Unidades/CSUR participantes en la ERN correspondiente, que deberá estar designada para la atención de una de las patologías incluidas o similares al área objeto de atención de dicha ERN y relacionada con el diagnóstico principal motivo de la derivación.
En el caso de que la Unidad/CSUR, tras valorar o revisar el caso clínico en coordinación con el centro de origen, concluyera que el paciente deba trasladarse para ser atendido en un Centro o CSUR del SNS, está derivación se realizará por el procedimiento habitual de derivación de pacientes entre Comunidades Autónomas a través de SIFCO, generando una nueva orden de asistencia.
Si desea localizar información relacionada con el contenido de esta página, utilice el buscador