IMPORTE TASAS 081: BIOCIDAS

NORMA REGULADORA:

Ley 22/2021 de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. . Disposición final décima. Modificación del artículo 33, de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Cinco: Cuantía de las tasas.

 

CLAVE DE LA TASACONCEPTOIMPORTE €
1Por evaluación de un expediente de una sustancia activa (nueva o existente) para su inclusión en el anexo I, IA o IB120.751,68
2Por evaluación (autorización o registro) de un expediente de un producto biocida24.150,34
3Por evaluación (autorización o registro) de un expediente en aplicación de formulaciones marco3.018,80
4Por reconocimiento de autorizaciones o registros concedidos a otros Estados Miembros3.018,80
5Por autorizaciones provisionales (producto + sustancia activa)12.075,17/Producto + 9.660,13/Sustancia activa
6Por uso temporal de productos biocidas (120 días)24.150,34
7Por notificación sobre el procedimiento orientado a investigación y desarrollo2.535,80
8Por renovación de productos biocidas a los que se refieren los puntos 2 y 318.112,75/2.264,10
9Por modificaciones significativas en los productos biocidas a los que se refieren los puntos 2 y 3 (Ej.: cambios en la formulación, extensiones de uso)9.660,14/1.207,35
10 a)Por modificaciones menores en los productos biocidas a los que se refieren los puntos 2 y 3: Modificaciones técnicas (Ej.: cambios en la clasificación y etiquetado)1.449,02//181,13
10 b)Por modificaciones menores en los productos biocidas a los que se refieren los puntos 2 y 3: Cambios administrativos (Ej.: cambio nombre producto, cambio titular)240,5/30,18
11 a)Por la autorización de plaguicidas de uso ambiental e industria alimentaria que contengan sustancias activas existentes hasta su revisión en función de la Directiva 98/8/CE: Sustancias activas724,49
11 b)Por la autorización de plaguicidas de uso ambiental e industria alimentaria que contengan sustancias activas existentes hasta su revisión en función de la Directiva 98/8/CE: Formulaciones724.49
12Por renovación de autorización de productos a los que se refiere el punto 11543,38
13Por procedimientos de ampliación de autorización de un producto ya registrado a los que se refiere el punto 11362,25
14Por modificaciones significativas en los productos a los que se refiere el punto 11 (Ej.: cambios en la formulación, extensiones de uso)543,38
15 a)Por modificaciones menores en los productos a los que se refiere el punto 11: Modificaciones técnicas (Ej.: cambios en clasificación y etiquetado)181,13
15 b)Por modificaciones menores en los productos a los que se refiere el punto 11: Cambios administrativos (Ej.: cambios nombre producto, cambio titular, cambio fabricante)181,13

 

Ocho. Cuando el solicitante de la autorización sea una pequeña o mediana empresa (PYME), se aplicará unas TASAS DE IMPORTE REDUCIDO siguiendo los siguientes criterios:

a) Reducciones de las tasas aplicables a las solicitudes de aprobación, renovación de aprobación e inclusión en el anexo I de sustancias activas del Reglamento (UE) n.º 528/2012 cuando el fabricante de la sustancia activa sea una PYME establecida en la Unión, excepto si la sustancia activa fuera una candidata a la sustitución:

 

b) Reducciones de las tasas aplicables a las solicitudes de autorización o renovación de biocidas o familias de biocidas, si el futuro titular de la autorización es una PYME establecida en la Unión, excepto si el producto contiene alguna sustancia activa candidata a la sustitución:

 

Estas reducciones NO se aplicarán cuando la aplicación pertenezca a la autorización o renovación de autorización de una sustancia activa candidata a sustitución o cuando las aplicaciones para la autorización de los productos biocidas contengan sustancias activas candidatas a la sustitución. Corresponde al solicitante acreditar la condición de PYME.

 

Con respecto al apartado b), las posibles reducciones de las tasas serán aplicables a las solicitudes que corresponden con las siguientes claves de tasas:  2, 3, 4, 5 y 8 dado que se refiere a procedimientos de autorización o, en su caso, de renovación, que están recogidos en el Reglamento 528/2012 sobre comercialización y uso de biocidas. Para acogerse a la correspondiente reducción deberá presentar, por esta plataforma una declaración responsable sobre su condición de PYME según la definición recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 ( Archivo doc.  Se abrirá en una ventana nueva. Modelo declaración para la acreditación de la condición de PYME). Archivo doc.  Se abrirá en una ventana nueva.

Para determinar si su empresa es o no una PYME puede consultar la página web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, donde podrá encontrar información al respecto, así como una herramienta de autoevaluación de la condición de PYME de acuerdo con la definición del Anexo I del Reglamento mencionado:

http://www.ipyme.org/es-ES/UnionEuropea/UnionEuropea/PoliticaEuropea/Marco/Paginas/NuevaDefinicionPYME.aspx.

Asimismo, le informamos que la Autoridad Competente se reserva el derecho de realizar acciones de verificación pudiendo requerir a las empresas que demuestren documentalmente que se cumple la condición de PYME, en su caso.

En el caso que la empresa no pudiera demostrar dicha condición, tendrá que pagar el suplemento hasta la tasa correcta sin menoscabo de otras sanciones que pudieran aplicarse.

 

NOTAS ACLARATORIAS

 

 

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