Sustancias contenidas en artículos
Todo productor o importador de artículos deberá presentar a la Agencia una solicitud de registro de toda sustancia contenida en dichos artículos si se cumplen las dos condiciones siguientes:
- a) que la sustancia esté presente en dichos artículos en cantidades anuales totales superiores a 1 tonelada por productor o importador;
- b) que la sustancia esté destinada a ser liberada en condiciones de uso normales o razonablemente previsibles.
Ver otras obligaciones relacionadas con artículos en el siguiente enlace.