Preguntas más frecuentes sobre la interoperabilidad de la receta electrónica del SNS
Es necesario presentar la tarjeta sanitaria individual, con la banda magnética operativa o la tarjeta sanitaria virtual.
Para que el farmacéutico pueda consultar el tratamiento del paciente, el usuario debe indicar la Comunidad Autónoma donde se realizó la prescripción.
La tarjeta sanitaria individual es un requisito imprescindible para que el farmacéutico pueda consultar el tratamiento del titular de la tarjeta.
Por tanto, si no se presenta no se podrá dispensar ningún producto farmacéutico.
No es necesario. Sin embargo, sí es recomendable que el usuario lleve la hoja de medicación activa e información al paciente en sus desplazamientos para ayudarle ante cualquier duda que le pueda surgir en la administración de sus medicamentos.
Cualquier persona que disponga de tarjeta sanitaria individual en formato físico o virtual del Sistema Nacional Salud puede obtener su medicación en una Comunidad Autónoma distinta a aquella donde se realizó la prescripción.
Además, la receta electrónica interoperable para las personas adscritas a mutualidades con provisión pública (MUFACE, MUGEJU e ISFAS) está disponible en la mayoría de las Comunidades Autónomas.
La información relativa a las Comunidades Autónomas que tienen implementado el servicio para las mutualidades de provisión pública se puede consultar en el siguiente enlace: MUTUALIDADES CON PROVISIÓN PÚBLICA EN RESNS
En el momento actual, se pueden dispensar los siguientes productos:
- medicamentos autorizados e incluidos en la base de datos del Sistema Nacional de Salud, incluyendo:
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- Medicamentos financiados con o sin visado de inspección
- Estupefacientes
- Medicamentos no financiados
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- efectos y accesorios (p. ej. gasas, esparadrapo, absorbentes de incontinencia urinaria, etc.) si se prescriben por código nacional, y
- productos dietéticos contemplados en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
No se incluyen los productos de parafarmacia (tiras de glucemia, jeringas, etcétera).
Determinadas fórmulas magistrales, preparados oficinales y vacunas individualizadas también están disponibles entre algunas CCAA.
La información relativa a las Comunidad Autónomas que pueden dispensar dichos productos se puede consultar en el siguiente enlace:NUEVOS SERVICIOS EN FUNCIONAMIENTO EN RESNS
Dentro de la receta electrónica se incluyen los siguientes servicios:
- Anulación de dispensaciones: permite cancelar una dispensación.
- Bloqueo cautelar de dispensaciones: posibilita al farmacéutico para bloquear la dispensación de un medicamento si detecta alguna circunstancia que pueda afectar a la seguridad del ciudadano.
- Confidencialidad en la dispensación: permite a cualquier ciudadano solicitar protección y confidencialidad en el momento de la prescripción, de manera que, cuando el ciudadano acuda a la farmacia, se pueda realizar una dispensación diferenciada.
- Tratamiento activo: permite al farmacéutico conocer de forma completa el tratamiento que actualmente tiene activo el paciente y sus fechas de dispensación, no solo los medicamentos que pueden ser dispensados en el momento.
La información relativa a las Comunidades Autónomas que han incorporado estos servicios en el RESNS se puede consultar en el siguiente enlace: NUEVOS SERVICIOS EN FUNCIONAMIENTO EN RESNS
Cuando el paciente obtiene productos farmacéuticos en una oficina de farmacia situada en una Comunidad Autónoma diferente a aquella donde le han realizado la prescripción, debe pagar por sus medicamentos según la aportación farmacéutica que le corresponda, sin embargo, no se aplicarán los topes de aportación establecidos. Si se supera el tope, el paciente deberá solicitar la devolución de la cantidad correspondiente al regresar a su Comunidad Autónoma de origen. Para ello, al solicitar el reintegro debe presentar los tickets de compra y las facturas facilitadas en la oficina de farmacia dispensadora.
Los pensionistas deben tener especialmente en cuenta esta condición por disponer de un tope de aportación.
El farmacéutico recibe un mensaje informándole de la causa de la incidencia e informa al paciente. Adicionalmente, la oficina de farmacia puede contactar con su Colegio Oficial de Farmacéuticos (COF) quien se encargará de realizar las gestiones correspondientes para dar respuesta al farmacéutico a la máxima brevedad posible.
Un objetivo prioritario es que ningún ciudadano se quede sin acceso a sus productos farmacéuticos prescritos por receta electrónica en otra Comunidad Autónoma debido a un fallo en los sistemas de transmisión de datos.
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